jueves, 30 de septiembre de 2010

Terminar con la trampa constitucional

Está bien, es cierto que a esta altura pretender algún atisbo de seriedad a la hora de informar a la sociedad por parte de corporaciones, con intereses empresarios y políticos diversificados, vendría a ser algo así como una utopía. Esta vez las corporaciones mediáticas -que son la cara visible de muchas otras corporaciones- reaccionaron en conjunto contra el proyecto del Diputado Héctor Recalde (célebre por haber filmado con una cámara oculta y denunciado en la justicia a las empresas que lo quisieron sobornar con u$20,000,000) sobre la participación de los trabajadores en las ganancias empresarias.

Las cámaras que representan a las empresas más poderosas del país emitieron un comunicado (firmado por UIA, ADEBA, la bolsa y la Sociedad Rural entre otros) que trascendió a través de citas en los diversos medios en el cual plantean que el proyecto "avanza hacia un poder de interferencia sindical que choca contra los principios constitucionales de derecho de propiedad" y algún disparatado firmante de ese comunicado hasta llegó a comparar a nuestro querido y capitalista país con la hermana república de Cuba.

Basta con hacer una búsqueda en el Google con un fragmento del comunicado para ver de qué lado se puso la prensa corporativa en este tema (y por supuesto, Clarín a la cabeza en esto de tomar partido por los poderosos de siempre).

Lo interesante del caso, del proyecto comunista que intenta llevar adelante el Gobierno, es que está basado en algo que está claramente expresado en nuestra Constitución Nacional pero que, para la "burguesía nacional" que supimos conseguir, atentaría contra el derecho de propiedad establecido en esa misma constitución. Veamos:

Art. 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Claro, hasta ahora esta parte del artículo 14 bis era letra muerta ya que las leyes que "asegurarán al trabajador" la "participación en las ganancias de las empresas con control de la producción y colaboración con la dirección" nunca fueron promulgadas. Pero el hecho de que no hayan sido promulgadas no obedece a que dicho artículo entre en contradicción con el derecho de propiedad -¿cuál sería la contradicción o "choque"?- sino a las presiones del poder para que quede sólo en una bonita declamación vacía de contenido de manera tal de no tener que repartir una parte de sus utilidades con los trabajadores que las generan con su fuerza de trabajo

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